domingo, 19 de abril de 2015

Vigencia de la Ley DIGESTYC

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La Prensa Gráfica

Tomado de:


Avalan constitucionalidad de Ley Orgánica del Servicio Estadístico Nacional

8 de Marzo de 2013 a la(s) 10:35 - Gloria Flores

La CSJ determinó que es constitucional la ley que obliga a las personas a brindar datos en los censos que lleva a cabo la DIGESTYC

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró constitucional los artículos 14,15 y 18 de la Ley Orgánica del Servicio Estadístico Nacional, que establecen la obligación de las oficinas estatales, autónomas, personas naturales y jurídicas a brindar información requerida a la Dirección General de Estadísticas y Censos (DIGESTYC).

Según la demanda de inconstitucionalidad presentada ante la Sala, los artículos mencionados vulneraban el derecho a la autodeterminación informativa, ya que obligaban a suministrar los datos sin tener oportunidad de excusa y bajo pena de multa.

Asimismo, la demanda exponía que la recolección de datos incluía aspectos concernientes a la vida privada, como origen racial, religión, sexo, lugares de trabajo o estudio, problemas legales, ingresos económicos, entre otros.

La sentencia de la Sala aclara que, pese a que existe la obligación de aportar la información solicitada por el servicio estadístico nacional, las personas no tienen la obligatoriedad de brindar la información relacionada con los datos personales, mencionados anteriormente. Para ello debe existir una autorización de brindar datos de manera anónima.
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