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Principios Fundamentales de las Estadísticas Oficiales
Principio 1. Las estadísticas oficiales constituyen un elemento indispensable
en el sistema de información de una sociedad democrática y proporcionan al
gobierno, a la economía y al público datos acerca de la situación económica,
demográfica, social y ambiental. Con este fin, los organismos oficiales de estadística
han de compilar y facilitar en forma imparcial estadísticas oficiales de comprobada
utilidad práctica para que los ciudadanos puedan ejercer su derecho a la información
pública.
Principio
2. Para mantener la confianza en las estadísticas oficiales, los
organismos de estadística han de decidir, con arreglo a consideraciones
estrictamente profesionales, incluidos los principios científicos y la ética
profesional, acerca de los métodos y procedimientos para la reunión, el
procesamiento, el almacenamiento y la presentación de los datos estadísticos.
Principio 3. Para facilitar una interpretación correcta de los datos, los
organismos de estadística han de presentar información conforme a normas
científicas sobre las fuentes, métodos y procedimientos de la estadística.
Principio 4. Los organismos de estadística tienen derecho a formular
observaciones sobre interpretaciones erróneas y la utilización indebida de las
estadísticas.
Principio 5. Los datos para fines estadísticos pueden obtenerse de todo tipo de
fuentes, ya sea encuestas estadísticas o registros administrativos. Los organismos de
estadística han de seleccionar la fuente con respecto a la calidad, la oportunidad, el
costo y la carga que impondrá a los encuestados.
Principio 6. Los datos individuales que reúnan los organismos de estadística
para la compilación estadística, se refieran a personas naturales o jurídicas, deben
ser estrictamente confidenciales y utilizarse exclusivamente para fines estadísticos.
Principio 7. Se han de dar a conocer al público las leyes, reglamentos y
medidas que rigen la operación de los sistemas estadísticos.
Principio 8. La coordinación entre los organismos de estadística a nivel
nacional es indispensable para lograr la coherencia y eficiencia del sistema
estadístico.
Principio 9. La utilización por los organismos de estadística de cada país de
conceptos, clasificaciones y métodos internacionales fomenta la coherencia y
eficiencia de los sistemas estadísticos a nivel oficial.
Principio 10. La cooperación bilateral y multilateral en la esfera de la
estadística contribuye a mejorar los sistemas de estadísticas oficiales en todos los
países.
Sexagésimo octavo período de sesiones
Tema 9 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 29 de enero de 2014
73ª sesión plenaria
29 de enero de 2014
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